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Plan de emergencia - qué es y cómo actuar

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Creado el 06 de septiembre, 2023 por Safeguru

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La elaboración de un plan de emergencia se deriva del artículo 20 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales , por lo que se aplicará a todas las empresas que tengan personal en plantilla.

¿Qué constituye una emergencia?

El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) define una emergencia como: “una situación o accidente que acontece de forma imprevista y puede afectar a la integridad física de las personas, a los bienes y/o al medioambiente, y que en ocasiones puede llegar a constituir una situación de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública”.

Para poder evitar estas situaciones y proteger al personal, la normativa especifica una serie de obligaciones para las empresas, de esta manera es más probable prevenir estos eventos o mantenerlas bajo control de forma eficaz.

Estas acciones y medidas quedan recogidas en el Plan de Emergencia de cada empresa.

¿Cómo elaborar un plan de emergencia?

Los planes de emergencia se establecen en función del riesgo identificado, su gravedad y de la ocupación y medios humanos disponibles:

- Tipos de riesgos: tienen que definirse los tipos de riesgos existentes asociados a la salud de las personas, el tipo de edificio y el entorno en el que se encuentra.

- Gravedad: se deberá definir la gravedad de cada emergencia basándose en la dificultad para controlarla y sus consecuencias.

- Ocupación y medios humanos disponibles: dependerá de la situación y disponibilidad del personal (tipos de turnos, trabajos, funciones…).

Características de un plan de emergencia

Los planes de emergencia se deben caracterizar por los siguientes puntos:

- Simple: el procedimiento de actuación ante una emergencia debe definirse de manera clara y concisa.

- Accesible: se debe comunicar a todo el personal de la empresa para que se conozca su contenido. Es muy importante que los trabajadores conozcan los procedimientos de actuación ante cualquier posible emergencia.

- Flexible: debe ser un plan que se adapte a los posibles cambios de la organización.

- Corroborado: se deben realizar simulacros de forma periódica.

- Actualizado: se debe revisar y actualizar periódicamente, añadiendo cualquier cambio y nueva información que se haya recogido con el transcurso del tiempo.

Plan de evacuación

Un anexo del plan de emergencia es el plan de evacuación. Este debe englobar las acciones necesarias para evacuar al personal que se encuentre en el lugar de trabajo en caso de que exista un peligro o situación de emergencia.

Se debe especificar de manera clara y concisa la planificación para evacuar al personal de manera rápida, segura y eficaz.

Una manera de que el personal se afiance con las medidas necesarias ante una emergencia o una posible evacuación es hacer simulacros. Los simulacros consisten en ejercicios prácticos que simulan las situaciones reales de peligro. Además, los simulacros también pueden indicar a las empresas si su plan de emergencias funciona correctamente o debe ser actualizado.

¿Plan de Autoprotección o plan de emergencia?

El plan de emergencias deriva de la ley de Prevención de Riesgos Laborales que se aprobó en 1995. En esta ley, como comentábamos anteriormente, se establecieron una serie de medidas ante una emergencia que se debían recoger en un plan (plan de emergencia y evacuación).

Más adelante, en 2007 se publicó la Norma Básica de Autoprotección por el Real Decreto. Esta norma pasaba a sustituir y ampliar la información recogida por las empresas para la actuación ante emergencias.

¿En qué consiste un plan de Autoprotección?

“El plan de Autoprotección aborda la identificación y evaluación de los riesgos, las acciones y medidas necesarias para la prevención y control de riesgos, así como las medidas de protección y otras actuaciones a adoptar en caso de emergencia”

Podemos decir entonces, que un plan de emergencia trata de un capítulo comprendido dentro del plan de Autoprotección. Aunque cabe destacar, que no todas las empresas deben incluir un plan de autoprotección, pero sí un plan de emergencia.

No obstante, siempre debemos tener en cuenta la legislación local y autonómica ya que esta puede variar, ampliar o cambiar los requerimientos para cada empresa.

También te puede interesar: “La diferencia entre peligro y riesgo laboral. Percepción del trabajador”

O nuestro podcast sobre “Primeros auxilios por riesgo químico”

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